O documento foi tanto bem escondido pela corte que só o ano passado foi encontrado nos arquivos. Porquê?
Porque deveria a corte dos Reis Católicos esconder um processo se ele fosse um processo legítimo? Para proteger o Almirante ou para proteger a corte?
Ou esconderam-no por saberem que era um processo forçado por Bobadilla e não verdadeiro porque este tinha sido enviado com a missão de destruir o poder do Almirante no Novo Mundo e foi isso mesmo que ele fez.
Os Reis Católicos entendiam bem a farsa que era aquele processo de Bobadilla orchestrado intencionalmete para sair com a queda do Almirante em frente aos colonos no qual o Almirante foi confrontado, desonrado, destituido, tornado vil, preso, e humilhado.
Mas a confrontação pelos Castelhanos já tinha começado muito antes mas familia Colon sempre foi protegida e honrada pela Rainha Isabel embora a queda do Almirante fosse necessária para a coroa tomar posse dos territórios que nunca poderiam tirar ao Almirante de outra forma. (Graças aos posts do Sr. Eduardo Albuquerque http://genealogia.netopia.pt/forum/msg.php?id=149209&fview=e todos podem ver este processo em acção).
Em 1492 durante as preparações e ao longo da para a primeira viagem C. Colon sofreu alguns agrávios dos Castalhanos e isto piorou na preparação da 2ª viagem. Leiam com cautela as datas e as acções porque fica claro o jogo dos Reis Católicos:
- 1493. AGOSTO, 4. BARCELONA. Carta de los Reyes á D. Cristobal Colón. Les ha desplacido lo pasado con Juan de Soria, y mándanselo saber, pues quieren que sea acatado y honrado.
- 1493. AGOSTO, 4. BARCELONA. Carta de los Reyes á D. Juan de Fonseca. ... De lo ocurrido entre Juan de Soria y el Almirante han tenido enojo, pues quieren sea honrado y acatado según el título que le han dado.
- 1493. AGOSTO, 5. BARCELONA. Carta de los Reyes á Juan de Soria; que habiendo sabido que no mira ni acata al Almirante de las Indias, como es razón y quieren, han tenido mucho enojo y le mandan se conforme con el, pues de lo contrario lo mandarían castigar.
- 1493. AGOSTO, 18. BARCELONA. Carta de los Reyes á D. Juan de Fonseca. Ya sabe que le tienen encargado dé mucho contentamiento al Almirante en todo, así procure vayan los navíos e marineros e otras cosas que pide, sino se acrecienta el costo, y pues todo va á su gobernacion, hágase como le parezca. A Juan de Soria se le manda que se conforme con él y no le ponga contradicción.
- 1499. MARZO, 21. MADRID. Comisión al comendador Francisco de Bobadilla, para averiguar qué personas se habían levantado contra la justicia en la isla Española y proceder contra ellas segun derecho.
- 1499. MAYO, 21. MADRID. Nombramiento de Gobernador de Indias al comendador Francisco de Bobadilla.
- 1499. MAYO, 21. MADRID. Provisión mandando que se entreguen al comendador Bobadilla las fortalezas, navios, armas y otras cosas de SS. AA.
- 1499. MAYO, 26. MADRID. Carta de creencia dada por los Reyes al comendador Bobadilla
- 1500. MAYO, 30. SEVILLA. Real cédula mandando al comendador Bobadilla que averigúe la gente que habia en Indias á sueldo.
- 1500. Despacho del comendador Frei Francisco de Bobadilla, que fué por Gobernador de las Indias.
- 1500. Relación de gastos que hizo el comendador Bobadilla cuando fué al gobierno de las Indias.
- 1501. SEPTIEMBRE, 16. GRANADA. Real cédula a Nicolás de Ovando para que no se guarden las franquezas que dió el comendador Bobadilla, por no haber tenido facultad para acordarlas.
- 1501. SEPTIEMBRE, 16. GRANADA. Real cédula dando poder al comendador Ovando para tomar cuentas á Bobadilla por procurador.
- 1501. SEPTIEMBRE, 17. GRANADA. Real cédula ordenando que el comendador Bobadilla nombre procurador, si no ha acabado la residencia, y se venga en los navíos que van ahora á la isla Española.
- 1501. SEPTIEMBRE, 20. GRANADA. Decreto de los Reyes (num. 13) para que Bobadilla pueda vender sus muebles.
- 1501. SEPTIEMBRE, 27. GRANADA. Real cédula sobre la orden que se debía observar en las cosas de la Hacienda, tocantes á D. Cristobal Colón, de que se apoderó el comendador Bobadilla.
- 1501. SEPTIEMBRE, 27. GRANADA. Carta de los Reyes á Jimeno de Briviesca, mandando dá á D. Cristobal Colón razón y copia de lo que montan las mercaderías que se llevan á las Indias, para que si quisiere ponga la octava parte.
- 1501. SEPTIEMBRE, 28. GRANADA. Carta de los Reyes al comendador de Lares, Gobernador de las Indias, comunicando lo ordenado respecto á lo que Bobadilla tomó a D. Cristobal Colón y a sus hermanos, y cómo se le ha de acudir con la parte del diezmo é octavo que ha de haber.
- 1501. SEPTIEMBRE, 27. GRANADA. Declaratoria y cédula de los Reyes ordenando:
1. Que D. Cristobal Colón tenga la ochava parte del provecho de las mercaderias de Indias, conforme a su capitulacion.
2. Que de los efectos que le tomó en la isla Española el comendador Bobadilla, se paguen los sueldos y costas desde que el Almirante fué la última vez el año de 1498, por cuanto le hicieron merced de la parte que le cabia en las costas segun su capitulación.
3. Que también le hicieron merced de las costas y gastos de los ganados que se llevaron.
4. Que le sean devueltos los atavíos de su persona, mantenimientos é vino que Bobadilla le tomó, ó su justo valor.
5. Que igualmente se le vuelvan las piedras tomadas del nacimiento donde nacía el oro.
6. Item dos yeguas con sus crías, ó su justa estimación.
7. Que por cuanto el Almirantedice que recibe agravio en no proveer él de capitanes y oficiales á los navíos , que en adelante los provea.
8. Que el Almirante pueda traer cada año 111 quintales de Brasil.
9. Que si Bobadilla ha pagado sueldos indebidos, no sea á ello obligado el Almirante.
10. Que le hacen merced de todo aquello que tomó Bobadilla á sus hermanos como perteneciente a la Corona.
11. Que el Almirante tenga en la Española persona que entienda en las cosas de su hacienda, y sea Alonso Sánchez Carvajal.
12. Que se le abone el diezmo de oficios de alguacilazgo y escribanos.
13. Que se le devuelvan los libros y escrituras que le fueron tornados.
14. Que Carvajal goce lo que gozaren los oficiales reales en flete y mantenimientos.
2. Que de los efectos que le tomó en la isla Española el comendador Bobadilla, se paguen los sueldos y costas desde que el Almirante fué la última vez el año de 1498, por cuanto le hicieron merced de la parte que le cabia en las costas segun su capitulación.
3. Que también le hicieron merced de las costas y gastos de los ganados que se llevaron.
4. Que le sean devueltos los atavíos de su persona, mantenimientos é vino que Bobadilla le tomó, ó su justo valor.
5. Que igualmente se le vuelvan las piedras tomadas del nacimiento donde nacía el oro.
6. Item dos yeguas con sus crías, ó su justa estimación.
7. Que por cuanto el Almirantedice que recibe agravio en no proveer él de capitanes y oficiales á los navíos , que en adelante los provea.
8. Que el Almirante pueda traer cada año 111 quintales de Brasil.
9. Que si Bobadilla ha pagado sueldos indebidos, no sea á ello obligado el Almirante.
10. Que le hacen merced de todo aquello que tomó Bobadilla á sus hermanos como perteneciente a la Corona.
11. Que el Almirante tenga en la Española persona que entienda en las cosas de su hacienda, y sea Alonso Sánchez Carvajal.
12. Que se le abone el diezmo de oficios de alguacilazgo y escribanos.
13. Que se le devuelvan los libros y escrituras que le fueron tornados.
14. Que Carvajal goce lo que gozaren los oficiales reales en flete y mantenimientos.
TUDO COMO DE ANTES, SEGUIA COM OS SEUS LOUVRES, GRAÇAS E MERCÊS, SOMENTE C. COLON SE ENCONTRAVA FORA DO PODER DOS SEUS TERRITÓRIOS. FOI EFICAZ E FOI RÁPIDO O TRABALHO DE BOBADILLA MESMO QUE FOSSE DESHONESTO.
- 1501. SEPTIEMBRE, 27. GRANADA. Carta de los Reyes á Jimeno de Briviesca, mandando dá á D. Cristobal Colón razón y copia de lo que montan las mercaderías que se llevan á las Indias, para que si quisiere ponga la octava parte.
- 1501. OCTUBRE, 10. GRANADA. Extracto de un expediente formado á petición de D. Bartolomé Colón, de resultas de su prisión por el comendador Bobadilla.
- 1501. OCTUBRE, 21. GRANADA. Real cédula librando a D. Bartolomé Colón 10.000 mrs. de merced.
- 1501. SEPTIEMBRE, 3. GRANADA. Título de Gobernador de las Indias á Frey Nicolás de Ovando, comendador de Lares.
- 1501. SEPTIEMBRE, 20. GRANADA. Memorial del comendador Ovando a SS. AA., decretado por estas, mandando, entre otras cosas, que las vecindades y raíces concedidas por el Almirante, se guarden á quien las tiene si tuvo poder para darlas, si no lo tuvo se quiten.
- 1502. ENERO, 5. SEVILLA. Acta de presentación de Reales cédulas del Almirante ante los alcaldes de Sevilla. Comprenden el título y privilegios concedidos por D. Juan II de Castilla al Almirante D. Alonso Enríquez, y otros de D. Cristobal Colón ya especificados en su lugar.
- 1502. FEBRERO, 14. VALENCIA DE LA TORRE. Carta de los Reyes á D. Cristobal Colón ; vieron las letras y memoriales que envió diciendo quería pasar por la Española y como ya le ban dicho, vaya por otro camino, y si á la vuelta fuere necesario podrá tocar en la isla deteniéndose poco, para que luego informe de lo que viere. Envíanle instrucción de lo que ha de hacer en el viaje. Dan licencia para que lleve á su hijo don Fernando, quedando su ración á don Diego. De su prisión les ha pesado mucho, y en cuanto lo supieron lo mandaron remediar, estando en honrarle más, en confirmar las mercedes que le han hecho y poner á sus hijos en posesión de ellas.
- 1502. MARZO, 14. VALENCIA DE LA TORRE. Carta de los Reyes Católicos al capitán de la Armada del Rey de Portugal haciéndole saber la comisión que lleva D. Cristobal Colón.
- 1502. SEPTIEMBRE, 12. TOLEDO. Capitulación con Juan Sánchez de la Tesorería y con Alonso Bravo para llevar mantenimientos á la isla Española con seis carabelas, poniendo entre las condicionos que el Almirante don Cristobal Colón pueda poner el octavo del costo.
- 1503. MARZO, 20. ALCALA DE HENARES. Instrucción secreta dada al Gobernador frey Nicolás de Ovando.
- 1503. NOVIEMBRE, 27. SEGOVIA. Cédula de la Reina á los oficiales de la Casa de Contratación. El Almirante dice que dichos oficiales no le cumplen lo capitulado por sus Altezas: ordena que se cumpla.
- 1503. NOVIEMBRE, 27. SEGOVIA. Cédula de la Reina al comendador Ovando. Por parte del Almirante se dice que en la isla Española no se cumplen algunas cosas de la declaración de sus privilegios; ordena se cumplan en todo.
- 1503. NOVIEMBRE, 27. SEGOVIA. Cédula de la Reina al comendador Ovando. Alonso Sanchez de Carvajal en nombre del Almirante dice que no se cumple la declaración dada á su favor cerca del veedor y de la facultad de sacar tres quintales de Brasil: manda sean guardadas.
- 1503. NOVIEMBRE, 27. SEGOVIA. Cédula de la Reina reiterando al comendador Ovando se cumplan los capítulos acordados acerca del Adelantado D. Bartolomé Colón y D. Diego su hermano.
- 1503. NOVIEMBRE, 27. SEGOVIA. Cédula de la Reina al comendador Ovando mandando se pague á los hermanos del Almirante lo que por los libros del contador de la isla conste que se les debe.
- 1503. NOVIEMBRE, 27. SEGOVIA. Carta de la Reina al comendador Ovando mandando cumpla lo ordenado sobre las cosas de D. Cristobal Colón.
- 1503. NOVIEMBRE, 27. SEGOVIA. Cédula de la Reina al comendador Ovando mandando se acuda al Almirante con el diezmo y octavo que le correspondan.
- 1503. NOVIEMBRE, 15. SEGOVIA. Nombramiento de contino á D. Diego Colón.
- 1504. FEBRERO, 8. MEDINA DEL CAMPO. Real cédula concediendo naturaleza de estos reinos á D. Diego Colón, hermano del Almirante.
- 1504. OCTUBRE, 14. MEDINA DEL CAMPO. Cédula de la Reina recibiendo por contino á D. Diego Colón con 50.000 maravedis de quitación.
- 1505. SEPTIEMBRE, 22. SEGOVIA. Orden de pagar á D. Diego Colón 50.000 mrs., que por contino venció el año 1504.
- 1504. FEBRERO, 23. MEDINA DEL CAMPO. Real cédula á los oficiales de la Casa de Contratación para que paguen á D. Cristobal Colón lo que se le quedo debiendo en las cosas que trujo de las Indias.
- 1505. FEBRERO, 22. Partida de pago hecho por el tesorero de sus Altezas á D. Diego Colón, por vencimientos suyos y de su hermano Fernando.
- 1506. ENERO, 20. SEVILLA. Partida de pago hecho á D. Bartolomé Colón por resto de sus vencimientosen el viaje á Indias desde 1502 á 1504.
- 1506. ENERO, 25. Real cédula mandando pagar á don Hernando Colón 31.750 mrs. por el sueldo que hubo de haber en el viaje que fué á las Indias con su padre el Almirante, y por lo mismo á D. Bartolomé Colón 52.216 mrs.
- 1506. JUNIO, 2. VlLLAFRANCA. Real cédula mandando al comendador Ovando que por haber fallecido el Almirante D. Cristobal Colón acuda á su hijo y sucesor D. Diego con el oro y demás cosas que pertenecían al primero.
- 1508. AGOSTO, 16. ALBA DE TORMES. Poder que D. Bartolomé Colón, Adelantado de las Indias, otorgó a favor de su hermano D. Diego para cobrar varias cosas de mrs., oro y joyas que dejo en poder del P. D. Caspar Gorricio, monje de la Cartuja de las Cuevas de Sevilla.
Veja-se agora as palavras do injustamente acusado Almirante (Cristóbal Colón, Textos y documentos completos, Edición de Consuelo Varela, Nuevas Cartas: Edición de Juan Gil, Alianza Universidad, Madrid, 1997) acusando o “pitbull” de ter, “diciendo de mí mill deshonestidades y descorteses cosas”:
Carta a Dona Juana de la Torre, ama del Príncipe Don Juan
Muy virtuosa Señora:
Yo mucho quisiera despedir del negoçio, si fuera honesto para con mi Reina. El esfuerço de Nuestro Señor y de Su Alteza fizo que continuase, y por aliviarle algo de los enojos en que a causa de la muerte estava, cometÍ viaje de nuevo al cielo y mundo que fasta entonçes estaba oculto; y si no es tenido allí en estima así como los otros de las Indias, no es maravilla, porque salió a pareçer de mi industria. .. FN: Añade Las Casas: -Esto dice porque entonçes era muerto el príncipe don Juan», fallecido el 4 de octubre de 1497 en Salamanca. .... – pg 431
.... vino el Comendador Bovadilla a Santo Domingo. Yo estaba en la Vega y el Adelantado en Xaraguá, donde este Adrián avía hecho cabeça ... segundo día que llegó se crió Governador y fizo offiçiales ... y publicó que a mí avía de enbiar en fierros y a mis hermanos, así como a fecho, y que nunca yo bolvería más allí ni otro de mi linaje, diciendo de mí mill deshonestidades y descorteses cosas. Esto todo fue el segundo día que él llegó, como dixe, y estando yo lexos absente, sin saber d'él ni de su venida. – pg 432-433
... yo nunca oí que el pesquisidor allegase los rebeldes y los tamase por testigos contra aquel que govierna, a ellos y a atros sin fe ni dignos d'ella.
... Yo creo que se acordará vuestra merced, cuando la tormenta sin velas me echó en Lisbona, que fui acusado falsamente que avía yo ido allá al Rey para darle las Indias. Después supieron sus Altezas el contrario y que todo fue con malicia. Bien que yo sepa poco, no sé quién me tenga por tan torpe que yo no cognozca que, aunque las Indias fuesen mías, que yo no me pudiera sostener sin ayuda de Prínçipe. Si esto es así, ¿adónde pudiera yo tener mejor arrimo e seguridad que en el Rey e Reina, Nuestros Señores, que de nada me an puesto en tanta honra y son los más altos Príncipes por la mar y por la tierra del mundo? – pg 434-435
.... rescibieron de mí servicio y tienen a mis hijos sus criados, lo que en ninguna manera pudiera esto llegar con otro Príncipe, porque adonde no ay amor todo lo otro çessa.
... Y luego partí, así como le dixe, muy solo, porque toda la gente estava con el Adelantado, y también por le quitar de sospecha. El, cuando lo supo, echó a Don Diego preso en una caravela cargado de fierros, y a mí, en llegando, fizo otro tanto, y después al Adelantado cuando vino. Ni le fablé más a él ni consintió que hasta oy nadie me aya fablado. Y fago juramento que no puedo pensar por qué sea yo preso. – pg 435
... e puesto so el señorío del Rey e de la Reina, Nuestros Señores, otro mundo, y por donde España que era dicha pobre es la más rica.
Yo devo de ser juzgado como capitán que de tanto tiempo fasta hoy trae las armas a cuestas, sin las dexar una ora, y de cavalleros de conquistas y del uso y no de letras, salvo si fuesen griegos o de romanos o de otros modernos, de que ay tanto(s) y tan nobles en España. O de otra guisa rescibo grande agravio porque en las Indias no ay pueblo ni asiento. – pg 436
... El Comendador, en negando a Santo Domingo, se aposentó en mi casa. Así como la falló, así dia todo por suyo. Vaya en buena ora. Quiçá lo avía menester. Cosaria nunca tal usó con mercader. De mis escripturas tengo yo mayor quexa, que así me las aya tomnado que jamás se le pudo sacar una, y aquellas que más me abían de aprovechar en mi disculpa, esas tenía más ocultas. – pg 437
>>>>> Atenção á verdade:
“y publicó que a mí avía de enbiar en fierros y a mis hermanos, así como a fecho, y que nunca yo bolvería más allí ni otro de mi linaje, diciendo de mí mill deshonestidades y descorteses cosas. Esto todo fue el segundo día que él llegó, como dixe”
Agora podemos entender a razão dos Reis Católicos esconderem bem a “Justiça do Pitbull” porque era muito longe de ser justa. Por isso o processo de Bobadilla n’O Mistério Colombo Revelado não lhe é dada nenhum peso por conter “mill deshonestidades” segundo o homem que foi acusado e libertado imediatamente porque se fossem “mil verdades” nunca se teria safado livre.